Sobre CADRA y los convenios con universidades
El 20 de noviembre de 2009 organizamos, en conjunto con la red ROBLE de Bibliotecas de la UNLP, un curso taller sobre El acceso a la información en el contexto de la Ley 11.723 : Una mirada desde las bibliotecas, con la idea de aprender más sobre este tema tan sensible que afecta nuestra labor como bibliotecas.
El curso taller contó con las exposiciones de Ana María Sanllorenti y Lucía Pelaya (en representación de ABGRA, la Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina) sobre los efectos de la ley en la labor de las bibliotecas, y el proyecto de modificación para conseguir excepciones que permitan un uso justo y equilibrado de obras protegidas por parte de bibliotecas, archivos e instituciones similares sin fines de lucro.
Asimismo, motivados por la propuesta de CADRA, el Centro de Administración de Derechos Reprográficos, de firmar un convenio con la UNLP, nos pusimos a investigar el tema y Federico Reggiani (director de la Biblioteca de la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs.As.) preparó un trabajo que fue presentado en esa misma jornada, donde analizaba las características de esta asociación y desaconsejaba enfáticamente la firma de acuerdos con la misma.
El tema vuelve a concitar interés debido a la reciente publicación de una nota en el blog Derecho a leer y una columna de opinión de Daniel Link (profesor de la UBA), en las cuales se citan fragmentos del texto de Reggiani antes mencionado para argumentar en contra de la renovación del acuerdo que en 2009 CADRA firmó con la UBA, y que podría renovarse este año. La gente de la organización Derecho a leer hizo una infografía explicando el tema, cuya imagen reducida se incluye más abajo.
Desde BIBHUMA queremos compartir esta información con nuestra comunidad y al mismo tiempo manifestar nuestro rechazo a CADRA y a la firma de acuerdos con universidades, bibliotecas y demás instituciones públicas de difusión de la cultura.
Además, los invitamos a comentar estas propuestas y acompañarnos en la solicitud de reforma de las leyes 11.723 y 25.446 para incorporar excepciones que permitan a las bibliotecas cumplir con el objetivo de brindar acceso al conocimiento sin transgredir la legislación vigente.